Cirugía Estética en menores de edad
En marzo de 2009 la Junta de Andalucía publica un decreto destinado a regular la realización de intervenciones de Cirugía Estética en pacientes menores de edad en la Comunidad Autónoma (decreto 49/2009 del 3 de marzo).
Los objetivos de este decreto son los siguientes:
- Asegurarse de que el paciente menor de edad ha sido informado correctamente de la posible influencia de la intervención sobre la etapa de crecimiento y de sus posibles consecuencias en el futuro. También debe informarle de los riesgos de la intervención, especialmente de los éxitos y efectos secundarios de la misma en manos del propio cirujano que lo va a intervenir;
- Descartar la existencia en el paciente de esta edad de un trastorno de imagen corporal y asegurarse que presenta el nivel de madurez necesario para entender la información y afrontar la intervención. Para el cumplimiento de este segundo objetivo se hace obligatoria la valoración por parte de un psicólogo antes de la intervención. Este psicólogo no debe tener vínculos, ni laborales ni personales, con el centro donde se va a realizar la intervención;
- Evitar que ningún menor se intervenga en algún centro no autorizado específicamente por la Consejería de Salud para la práctica de la Cirugía Estética;
- Crear un registro de datos sobre este tipo de intervenciones en la Comunidad Autónoma Andaluza; y, por último,
- Establecer las sanciones correspondientes para los centros y profesionales que no cumplan las obligaciones anteriores.
El protocolo a seguir depende del tramo de edad en el que se encuentre el paciente:
- Si éste se encuentra entre los 16 y 18 años, o está emancipado, y el informe psicológico y la valoración médica son favorables, el paciente podrá tomar por sí mismo la decisión de someterse a la intervención, aunque, ante una actuación de grave riesgo, según el criterio del cirujano, deberán ser informados los padres y su opinión, tenida en cuenta por parte del psicólogo.
- Si el adolescente tiene entre 12 y 16 años, serán los padres o tutores quienes autoricen la intervención, aunque en este caso será escuchada la opinión de los menores.
- Si el paciente es menor de 12 años, la decisión será competencia exclusiva de los padres o tutores legales.
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